La ley (1)  obliga a revisar cada 5 años la instalación y los equipos de gas de tu vivienda y/o comunidad. Para ello se llevan a cabo dos inspecciones: una sobre la instalación en vivienda (IRI) y otra sobre la instalación en zonas comunes(IRC).

A continuación te las explicamos:

Revisión dentro de la vivienda - IRI

La IRI es la instalación de gas desde el contador hasta los aparatos de gas en la vivienda.

En el caso de viviendas unifamiliares, la IRI (Instalación Receptora Individual) empieza desde la llave de acometida, en el exterior de la vivienda.

Revisión de zonas comunes - IRC

La IRC es la instalación de gas desde la válvula de acometida en el exterior del edificio hasta tu contador.

En el caso de viviendas unifamiliares, no hay IRC (Instalación Receptora Común) y la IRI empieza desde la llave de acometida en el exterior de la vivienda.


Real Decreto 984/2015